Johnny C. Taylor Jr.
Johnny C. Taylor Jr. respondió. sus preguntas sobre recursos humanos como parte de una serie para USA TODAY. Taylor es presidente y director ejecutivo de la Sociedad para la Gestión de Recursos Humanos, la sociedad profesional de recursos humanos más grande y autor de «Reset: A Work Leader’s Guide to an Age of Chaos».
¿Tengo una pregunta? Envíelo aquí.
Pregunta: Mi empleador utiliza algunas de mis fotos en sus redes sociales y sitio web para promocionar su negocio. Nunca me informaron ni me pidieron permiso. ¿Se les debería permitir usar mis imágenes sin mi permiso y pago? -Marvin
Respuesta: Su empleador puede utilizar imágenes que aparecen en sus plataformas de redes sociales. En la era de Facebook, Instagram y X, Twitter en aquel entonces, era común que individuos y organizaciones volvieran a publicar fotos e imágenes de otras personas. Desafortunadamente, las leyes no se han adaptado a nuestra era de las redes sociales y la capacidad de compartir, mezclar o modificar contenido en línea.
No existe ninguna ley federal que prohíba a un empleador utilizar la fotografía de un empleado con fines comerciales. Sin embargo, muchos estados tienen leyes comúnmente conocidas como leyes de «derecho de publicidad» o «derecho de privacidad». En algunos estados, se les puede llamar «competencia desleal» o «derechos de la personalidad». Estas leyes estatales impiden el uso del nombre, imagen, voz, fotografía o “semejanza” de un individuo para fines comerciales sin el permiso del individuo. Le recomiendo que consulte las leyes de su estado para ver si el uso de sus fotos en las redes sociales se rige por sus leyes.
Las plataformas de redes sociales no se consideran de dominio público y el uso de sus fotografías también puede estar limitado por las leyes de derechos de autor o los términos y condiciones de la plataforma. Incluso según los términos y condiciones de una plataforma, es probable que esto no impida que su empleador use o vuelva a publicar sus fotos. Las leyes de derechos de autor protegen al fotógrafo y probablemente no se aplican a las fotografías que ves a menos que sean selfies.
Los recursos legales no siempre son la solución más inteligente o práctica para disputas entre dos partes (en este caso, usted y su empleador). De hecho, si tienes algún problema con que tu empleador use tus fotos, siempre puedes hacérselo saber. Deben estar preparados para responder a una solicitud educada y razonable. Si le preocupa que esto pueda ser un tema espinoso o controvertido, debería empezar hablando con su equipo de recursos humanos. Espero que pueda llegar a un buen acuerdo con su empleador para proteger su privacidad.
Revisión de desempeño ¿Existe alguna forma de realizar una revisión de un mal trabajo sin comentarios previos? Pregunta a RR.HH.
Me despidieron de mi último trabajo porque no podía ver lo suficientemente bien por la noche como para conducir con seguridad. Mi trabajo es de 8 am a 4:40 pm la mayoría de los días. Se espera que todos en mi departamento estén disponibles para trabajar por las noches cuando sea necesario. Informé a la empresa durante mi entrevista que no puedo ver para conducir de noche. No vieron nada malo en mi trabajo, así que utilizaron mi incapacidad para conducir de noche como motivo para dejarlo. ¿Es este un caso de discriminación? –Powell”
Respuesta: Perder un trabajo nunca es fácil y puede ser muy desalentador cuando sientes que lo has hecho bien y el despido no tiene sentido. Para responder a tu pregunta, podría tratarse de un caso de discriminación, pero dependería de los hechos y circunstancias.
Según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, los empleadores con 15 o más empleados deben involucrar a los candidatos y empleados en un proceso interactivo para determinar si son «individuos calificados», lo que significa que «un individuo que, con o sin ajustes razonables, puede realizar las funciones esenciales del puesto de trabajo que ocupa o desea dicha persona.» Esto significa que si conducir de noche es una función esencial de su trabajo, es posible que no califique para una adaptación y que lo despidan.
Supongamos que su antiguo empleador está sujeto a las regulaciones de la ADA. En este caso, habrían utilizado la información que usted proporcionó sobre la conducción nocturna como factor al realizar el proceso interactivo para determinar si califica para una adaptación razonable. Por ejemplo, si se conduce de noche tres o cuatro veces al año, podría ser una adaptación razonable que su empresa le proporcione un Uber o Lyft en las raras ocasiones en que necesiten que trabaje hasta el anochecer.
Determinar si hay una adaptación razonable disponible probablemente implicará obtener documentación médica de usted o de su médico. Hay algunos casos en los que una determinada adaptación puede no ser apropiada debido al costo o al impacto en los trabajadores, pero su empresa (no usted) soporta la carga de demostrar que una adaptación es una carga.
Puede comunicarse con su departamento de Recursos Humanos para obtener más información y ver si la ADA se aplica a su antiguo empleador. Si cree que su empleador no sigue los pasos, considere hablar con un asesor legal o con el Departamento de Trabajo local para obtener más información.
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